Sustituye los artículos 2º y 18 de la ley A nº 2938 -Procedimiento Administrativo de Río Negro. En concordancia con la Ley Bases, adecua el procedimiento adminstrativo, evitando la sobregarga burocrática, e implementa el “silencio positivo”, que permite obtener resultados efectivos de los trámites frente a la pasividad del Estado. web LRN